JORNADA LABORAL
La jornada laboral es el
tiempo que el trabajador se compromete prestarle un servicio estipulado por el
empleador, en el cual se verá dispuesto un acuerdo de horas en el día laborado
siempre y cuando deberán pactarse bajo coordinación del código sustantivo del
trabajo en el siguiente artículo:
“Artículo
161. Duración.
La duración máxima legal de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana.
La duración máxima legal de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana.
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¿Horas
para el almuerzo?
“Artículo 167. Distribución de las horas de trabajo.
Las horas de trabajo durante cada jornada deben distribuirse al menos en dos secciones, con un intermedio de descanso que se adapte racionalmente a la naturaleza del trabajo y a las necesidades de los trabajadores.
El tiempo de este descanso no se computa en la jornada”.
Las horas de trabajo durante cada jornada deben distribuirse al menos en dos secciones, con un intermedio de descanso que se adapte racionalmente a la naturaleza del trabajo y a las necesidades de los trabajadores.
El tiempo de este descanso no se computa en la jornada”.
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Horas
extras
ARTICULO 159. TRABAJO SUPLEMENTARIO. Trabajo suplementario
o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el
que excede de la máxima legal.
En el siguiente video podremos encontrar la explicación
concreta de la jornada laboral en Colombia
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